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SANTO DOMINGO. El proyecto de reforma constitucional sometido por el
presidente Fernández al Congreso Nacional la semana pasada prohíbe en su
artículo 56 la reducción de las áreas naturales protegidas, y en cambio, prevé
su ampliación en caso de que la legislación lo decida.
El numeral dos del referido artículo declara a las áreas protegidas,
la biodiversidad, las reservas naturales, y los parques nacionales como
"Patrimonio de la Nación", un elemento que, de aprobarse, estaría en la
Constitución por primera vez.
También reconoce el derecho que tiene toda persona de hacer uso
individual o colectivo de los recursos naturales, a habitar en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las
distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
El proyecto declina en los los poderes públicos la adopción de
"todas las medidas apropiadas para prevenir la ocurrencia de daños sensibles o
en todo caso minimizar el riesgo de su ocurrencia, con motivo del traslado
transfronterizo de materiales o residuos peligrosos".
Asimismo, consigna que en los contratos que el Estado celebre o en
los permisos que otorgue que involucren el uso y la explotación de los recursos
naturales se considerará incluida la obligación de conservar el equilibrio
ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y de la transferencia de la
misma y de establecer el ambiente a su estado natural, si resultara alterado.
Pero el artículo 56 no sólo da garantías a los ciudadanos, sino que
también les atribuye obligaciones, y una de ellas es proteger y mantener el
ambiente en provecho de sí misma y de las generaciones futuras.
El país tiene actualmente 68 áreas protegidas, especificadas en la
Ley 202-04 sobre Áreas Protegidas.
Fuente: DiarioLibre.com
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